domingo, 29 de septiembre de 2024

¿Cómo reclamar a la Administración por suspender unas oposición por filtración de preguntas?

El día 28 de septiembre del 2024 se suspendió el ejercicio de unas oposiciones de la Guardia Civil. Al parecer, la empresa encargada el custodiar los exámenes envió por error los exámenes de un ejercicio posterior, provocando la anulación del ejercicio que se convocará próximamente (fuente).

Hoy, el ente público RTVE tenía convocadas plazas para periodismo, pero a 30 min de comenzar el examen se han suspendido por una filtración del contenido del examen (fuente)

¿Puedo reclamar a la Administración una indemnización?

Según el art. 106.2 de la Constitución Española (CE) dice "Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos".

Aquí, la Ley 40/2015 ha establecido que esa lesión da igual que se haya producido por la prestación del servicio normal o anormal, la responsabilidad nace para la Administración cuando se genera una lesión en el patrimonio o derecho de los ciudadanos que no tengan el deber jurídico de soportar o fuerza mayor (art. 32.1).

¿Qué plazo tengo para reclamar?

El plazo es de un año. 

La normativa para reclamar está desarrollada de forma conjunta en la Ley 39/2014 de Procedimiento Administrativo Común (LPAC) en el art. 67 y ss. y la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) en su art. 32 y ss.

¿Cómo debe ser el daño para que pueda ser reclamado?

Según el art. 32.2 de la LRJSP "En todo caso, el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas".

¿Cuándo no debe pagar la Administración?

Cuando se deba a una causa de fuerza mayor o cuando se produzca un daño que no tenga el deber jurídico de soportar.

La fuerza mayor, según la RAE jurídica en su acepción general es toda "Circunstancia imprevisible e inevitable que altera las condiciones de una obligación. Son supuestos típicos de fuerza mayor los acontecimientos naturales extraordinarios como las inundaciones catastróficas, los terremotos, la caída de un rayo, etc.

¿Suspender una oposición por una filtración de preguntas es fuerza mayor? No

Según la STS 6425/2006 "La fuerza mayor, como tantas veces hemos declarado, no solo exige que obedezca a un acontecimiento que sea imprevisble e inevitable, como el caso fortuito, sino también que tenga su origen en una fuerza irresistible extraña al ámbito de actuación del agente […]. Debe consiguientemente examinarse si estamos o no ante una situación extraordinaria, inevitable o imprevisible, o si por el contrario nos hallamos en presencia de una situación previsible con antelación suficiente que hubiera permitido adoptar medidas a la Administración que evitasen los daños causados o determinar un incumplimiento de las medidas de policía que le correspondían en cuanto a la conservación del cauce"

La Administración, o la empresa encomendada de ello, tiene la obligación legal de vigilar y prevenir con todos los medios a su alcance las filtraciones del contenido examinador de un proceso selectivo. Si se filtra, no es un hecho imprevisible e inevitable, pues lo que evidencia es una omisión de los deberes legales de custodia, reserva y secreta de la Administración. Es por ello que, en este caso concreto, la Administración no puede alegar fuerza mayor para repeler las indemnizaciones como gastos de viaje, alojamiento, manutención o incluso laborales.

¿Cómo reclamo?

La reclamación se realiza inicialmente en vía administrativa ante la Administración que ha provocado la lesión según el art. 36 y ss de la LRJSP.


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