lunes, 12 de septiembre de 2022

Comunicado sobre la convocatoria de Formación Sanitaria Especializada 2022/2023.

 Un año más, el Ministerio de Sanidad emite la Orden SND/848/2022 por la que se convoca proceso selectivo a la Formación Sanitaria Especializada en el que pese al aumento de plazas BIR (5%) se mantiene una clara discriminación en el reparto de las mismas, donde médicos y farmacéuticos acaparan el 74% de plazas de especialidad multidisciplinar (Análisis Cínicos, Bioquímica Clínica, Inmunología, Radiofarmacia y Microbiología y Parasitología) frente a solo el 20% concedida a biólogos. Además, la especialidad multidisciplinar de Radiofarmacia solo se oferta a químicos y farmacéuticos pese a que el Anexo I, apartado 5º del RD 183/2008 reconoce a los biólogos esta especialidad.

Tabla resumen de plazas de especialidades multidisciplinares recogidas en el Cuadro nº2 de la Orden SND/840/2022.

Ante esta situación, como biólogo opositor a dichas plazas, inicié el año pasado una batalla legal contra las Órdenes ministeriales que establecen esta desigualdad de trato y contrario a lo indicado en el RD 183/2008 y a la Constitución, sumado a que el año anterior redujeron las plazas de especialidad multidisciplinar al 15% para biólogos. El aluvión de quejas que recibierón los órganos del Ministerio de Sanidad posiblemente hayan hecho que este año hayamos pasado del 15 al 20% de plazas, no obstante, pese a ser un avance importante, no es suficiente.

Nadie pide que los biólogos optemos a plazas puramente médicas o farmacéuticas como cirugía, traumatología o farmacia hospitalaria, pues es obvio que no se cuenta con la capacidad y habilitación legal para su ejercicio, pero es injusto que los biólogos solo dispongan de esas 5 especialidades multidisciplinares (0,5% del total) y un médico pueda conseguir esa plaza obteniendo un 5,5 en su examen frente a más del 9 que necesita un biólogo para obtener plaza en la misma especialidad para realizar la misma formación y realizar el mismo trabajo.

 Es por ello que animo a todos los biólogos que compartan este sentimiento y argumentos jurídicos a interponer contra la Orden SND/840/2022 Recurso Potestativo de Reposición en el plazo máximo de un mes desde el 2 de septiembre del 2022.

¿Requisitos para presentar Recurso Potestativo de Reposición?

  • NO es necesario ningún tipo de asesoramiento legal o estar representado por abogado o procurador.
  • NO supone gasto alguno, la presentación del recurso por la Ley 39/2015 es GRATUITO.
  • Si se pierde NO supone ningún tipo de multa o sanción.
  • Si este recurso no te da la razón, finaliza la vía administrativa y contra la resolución solo cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo, en la vía judicial, que si requiere abogado y procurador. Pero continuar en la vía contenciosa no es obligatorio, así que presentar este recurso no compromete a continuar.

¿Cómo puedo presentar el recurso potestativo de reposición?

  • Puede interponerse a través de Cl@ve permanente, Auto firm@ y Cl@ve firma. Pincha aquí y aquí.
  • También se puede realizarse presencialmente a traves de la Oficina de Ventanilla Única más próxima.

¿Hay algún modelo de recurso potestativo de reposición?

  • Si, desde @ParaMicroBio se ha elaborado un modelo de recurso en el que solo hay que rellenar nuestros datos y firmarlo para presentarlo a través de una de las vías indicado anteriormente.
  • Se recomienda encarecidamente leer atentamente el documento para incluir, eliminar o modificar aquello que cada uno consideré necesario.
  • @ParaMicroBio no se hace responsable de los costes que esto suponga para nadie si decide continuar en la vía Contenciosa. Pues nadie puede garantizar el resultado favorable de una sentencia.
  • El recurso debe ser resuelto en el plazo máximo de un mes entendiendose denegado si trasnscurre el plazo sin contestación.
  • Desde @ParaMicroBio debo recordar que la Administración tiene la OBLIGACIÓN de resolver todos lso recursos por los establecido en la Ley 39/2015.

Modelo de Recurso Potestativo de Reposición para FSE 2022/2023 aquí.


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