domingo, 17 de agosto de 2025

Comunicado de ParaMicroBio contra el Gobierno de España en su inacción frente a la emergencia de los incendios

 El Presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, compareció junto al presidente de la Xunta de Galicia, Alfonso Rueda, en el Centro de Coordinación Operativo Contraincendios de Ourense.

En dicha comparecencia, el jefe del ejecutivo central elude sus responsabilidades constitucionales y escurre el bulto con la propuesta de un Pacto de Estado con las Comunidades Autónomas para mejorar la prevención sobre el medio ambiente.

Los poderes públicos están ignorando de forma sistemática sus obligaciones en matera de protección y prevención del medio ambiente recogido en el art. 45 de la Constitución Española dentro del Titulo I Capitulo Tercero sobre "principios rectores de la política social y económica" cuyo tenor literal dice:

  1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

  2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

  3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado."  


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El Pacto de Estado no es ni necesario ni obligatorio para el ejecutivo central. Si nos vamos al reparto competencial que hace el texto constitucional entre Comunidades Autónomas y Estado, estos se reflejan en el art. 148, 149 y las Leyes Orgánicas de los estatutos de Autonomía.

El Estado tiene competencias Exclusivas en la materia que se trata sobre protección del medio ambiente e incendios. Así el art. 149.1 establece competencias elusivas del Estado:

"4.ª Defensa y Fuerzas Armadas

[...] 

22.ª La legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma, y la autorización de las instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial. 

23.ª Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias."

Por tanto, no hace falta un acuerdo con las Comunidades Autónomas, hace falta que la ley básica del Estado sea fuerte e imponga deberes de gestionar y prevenir a todos los poderes públicos, incluidos los entes locales y autonómicos. Esta verdad sobre el ejecutivo y legislativo central, no eximen la falta de acción y negligencia de las Comunidades Autónomas y los Entes Locales. 

Es sorprendente la capacidad que tienen los políticos de lanzarse piedras y sortear sus obligaciones legales imponiendo procedimientos legales ficticios para cumplir los deberes del cargo.

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ACTUALIZACIÓN 19/08/2025 a las 21:40

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