miércoles, 5 de junio de 2024

Comunicado sobre la nueva carta del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para atacar la independencia de los jueces tras la imputación de su mujer.

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Esta cuenta está en contra del uso ilegitimo de las instituciones que está haciendo el Presidente del Gobierno. Quiero recordar a la ciudadanía que ante una denuncia y unos hechos probados, que la mujer del presidente, Begoña Gómez, emitía informes favorables a obtener subvenciones del Gobierno de España con una claro conflicto de intereses prohibido en los art. 23 y 24 de la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público. Por lo que, es evidente, que existen hechos posiblemente delictivos por trafico de influencias.

Debo recordar a Pedro Sánchez que, el art. 117.1 de la Constitución establece que "La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley"

El juez de instrucción tiene el deber y la obligación de actuar ante las denuncias que se presenten, persiguiendo delitos tal y como establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y aunque la costumbre es una fuente de nuestro Ordenamiento Jurídico por aplicación del art. 1.1 del Código Civil (CC), esta costumbre solo rige en defecto de norma escrita (1.3 del CC).

Recientemente, la Fiscalía había pedido el inmediato archivo de las actuaciones contra Begoña Gómez. Pero el juez, siguiendo las alegaciones de la acusación particular prosiguió en proseguir los hechos constitutivos de delito. La Fiscalía, como de forma irregular en su deber de perseguir delitos y no olvidemos, órgano sometido a mandato jerárquico del Fiscal General del Estado y nombrado por el Gobierno en el art. 124 de la Constitución recurrió a la Audiencia Provincial de Madrid para que archivase la causa. Finalmente, la Audiencia Provincial decidió que la investigación que realiza el juez de instrucción es debida y afeaba la actuación del Ministerio Fiscal de no querer perseguir delitos, como le obliga la ley (1,2,3,4). Debo recordar que el Fiscal General del Estado fue acusado de desviación de Poder en el nombramiento de la ex Fiscal General del Estado y ex ministra de Justicia, Dolores Delgado, en el nombramiento como Fiscal del Tribunal Supremo (5,6,7,8,9). Además, en esta misma causa, el Fiscal General del Estado ha recusado de forma irregular a todos los jueces del Tribunal Supremo, algo que también fue denegado (10). Hay que recordar que el Tribunal Supremo también decidió inadmitir una querella contra el mismo Fiscal General del Estado por estos mismos hechos (11).

El Fiscal General del Estado también está siendo investigado junto a la Fiscalía de Madrid por filtrar comunicación que debe ser secreta entre abogado y fiscalía en la causa del novio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (12,13,14,15,16). Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias condenaba a un abogado por exhibir los correos con el abogado de la otra parte violando el deber de confidencialidad (17). Por ultimo, mencionar, que la Fiscalía Europea también ha afeado la posición del Ministerio Fiscal español y está investigando a Begoña Gómez (18,19,20).

Debo recordar que, todo el mundo tiene derecho a que sus pretensiones sean sometidas a un proceso judicial ante el juez predeterminado por la ley según el art. 24.2 como derecho fundamental. Si Begoña Gómez es inocente de los hechos se le imputan, no debe temer, pues tendrá todos los medios de defensa en igualdad de armas, presunción de inocencia y a no declararse culpable. Como una ciudadana más. Lo que es intolerable, es que el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que el poder ejecutivo y forma parte del legislador, quiera imponer un trato diferenciador, discriminatorio y contrario a la ley y la constitución en favor de su mujer. Lo que viene a constituir ya un vicio de intentar violar la separación de poderes y el sometimiento que tenemos todos los ciudadanos al ordenamiento jurídico. 

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