lunes, 13 de septiembre de 2021

Comunicado sobre la convocatoria de FSE y el descenso de plazas BIR.

Ante el constante desprecio que parece mostrar el Ministerio de Sanidad frente a los profesionales de la biología recuerdo a todos los biólogos, bioquímicos y afines a que pueden ejercer su derecho de reclamar por escrito el desprecio y vulneración de derechos que que comete dicho ministerio. 

Desde la promesa en 2019 de reconocer a los biólogos sanitarios al desaire de la Comisión de Ordenación de Profesiones Sanitarias que se niega a incorporar la figura del biólogo sanitario como profesional sanitario en la Ley 44/2003, llegando a decir al CGCOB que "ni sabe ni quiere saber" del problema de los biólogos (1) dejándonos en una posición desfavorable frente a otros profesionales ya reconocidos como médicos, enfermeros, farmacéuticos, veterinarios, podólogos, odontólogos, logopedas, etc. Es solo introducir un párrafo en la Ley y publicarla en el BOE.  Los biólogo solo estamos reconocidos como personal sanitario a través de la Formación Sanitaria Especializada BIR (Biólogo Interno Residente), donde una vez más, el Ministerio de Sanidad y la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud muestra su desprecio a los graduados y licenciados en biología, bioquímica, biotecnología, biología sanitaria y afines, reduciendo un 8% las plazas BIR, mientras el resto de profesiones han aumentado o mantenido sus plazas, en un momento donde se necesita aumentar la capacidad diagnostica de laboratorio clínico por la pandemia.

Existe un reparto desigual en las plazas de laboratorio clínico o especialidad multidisciplinar entre los diferentes graduados, así farmacéuticos y médicos cada vez acaparan más plazas llegando este año a más del 76% de plazas de especialidad multidisciplinar, mientras los biólogos que venían teniendo un 18% de plazas (ya de por si discriminatorio) esta convocatoria pasamos a tener solo el 15%. 

----
----

Mientras un biólogo necesita más de un 9 en su nota final para optar a una de las 46 plazas de laboratorio, un médico accede a la misma plaza con un 5,5. Mismo contrato, misma formación, mismo trabajo, pero diferentes oportunidades laborales y de libre elección de oficio o profesión dependiendo de si has estudiado una carrera u otra. Esto vulnera derechos constitucionales y lo dispuesto en el Real Decreto 183/2008

Por ello, muchos pedimos un reparto justo de las plazas descritas en el cuadro nº2 de especialidad multidisciplinar donde se acceda a las especialidades por nota y no estén limitadas por el grado/licenciatura que se posea.

Ante esta situación y en base a la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común y lo dispuesto en el artículo Duodécimo de la Orden SND/948/2021 recuerdo que se puede interponer recurso administrativo potestativo de reposición contra la titular del Ministerio de Sanidad, la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud y el Consejo Nocional de Especialidades en Ciencias de la Salud y el Ministerio de Universidades.

¿Dónde presento el recurso potestativo de reposición?

Dicho recurso se puede interponer a través de Cl@ve permanente, AutoFirm@ y Cl@veFirma o presencialmente a través de ventanilla única. Para más información aquí y aquí.

Se anima a revisar el escrito, de tal forma que se incluya, elimine o modifique aquello que se considere oportuno por cada interesado que se vea afectado por la Convocatoria de FSE 2021/22. El Modelo de reclamación es una simple idea de lo que @ParaMicroBio considera contrario a la normativa vigente y derechos constitucionales y se hace público para que aquellas personas que consideran lo mismo que @ParaMicroBio y no sepan como plasmarlo en un documento de reclamación, tengan un modelo para presentar y defender sus derechos e intereses. Quede claro que @ParaMicroBio es un biólogo y opositor BIR más. El modelo de reclamación no ha sido revisado por ningún abogado o Graduado en Derecho.

La presentación de dicho recurso de reposición ha de ser antes de un mes desde que se publicó la Orden SND/948/2021 (11 de septiembre del 2021), y al hacerlo, se renuncia a presentar recurso Contencioso-Administrativo hasta que el presente recurso no esté resuelto o desestimado. El recurso de reposición ha de ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un mes.  Todo según lo establecido en el apartado duodécimo del la Orden SND/948/2021 y los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015.

El Recurso Potestativo de Reposición no supone coste alguno para el reclamante y no necesita de abogado para ser interpuesto.

Si no se interpone Recurso Potestativo de Reposición o tras su resolución se puede iniciar la vía judicial en lo Contencioso-Administrativo en el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la Orden. Aquí si hay coste y requiere abogado.

Para ver el Modelo de reclamación potestativo de reposición  pinche aquí. 

Recordar que el próximo 17 de septiembre del 2021 se realizarán concentraciones para reclamar más plazas BIR.



También se prepara un modelo de queja para presentar al Defensor del Pueblo que se publicará próximamente.

Encuesta del RPR 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

¿Te gusta el contenido del blog?