El Informe sobre el Estado de Derecho en 2025 por la Comisión Europea habla de los informes de la Comisión Fiscal y del Consejo General del Poder Judicial. También hace referencia a los ataques `públicos recibidos por el poder político a jueces para menoscabar su independencia.
"Menos de la mitad de las empresas encuestadas en España tiene un nivel elevado de confianza en la eficacia de la protección de las inversiones. El 47 % de las empresas se muestra bastante o muy seguras de que las inversiones están protegidas normativa y judicialmente".
El informe hace las siguientes RECOMENDACIONES:
"De forma general, en relación con las recomendaciones del Informe sobre el Estado de Derecho en 2024, España:
- Ha seguido avanzando en cuanto al refuerzo del estatuto del fiscal general del Estado, pero no en lo que respecta a la disociación en el tiempo del mandato de este con el del Gobierno, teniendo en cuenta las normas europeas sobre la independencia y autonomía del Ministerio Fiscal.
- Ha avanzado significativamente en la renovación del Consejo General del Poder Judicial y en el proceso de adaptación del procedimiento de nombramiento de sus jueces miembros, teniendo en cuenta las normas europeas sobre los consejos del poder judicial.
- Ha avanzado en la aprobación de la ley sobre la actividad de los grupos de interés, que incluye el establecimiento de un registro público obligatorio de grupos de interés.
- Ha seguido avanzando para solucionar los escollos relativos a la duración de las investigaciones y enjuiciamientos con el fin de aumentar la eficiencia en la sustanciación de los asuntos de corrupción de alto nivel, en particular mediante la finalización de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- Ha avanzado con el refuerzo de las normas sobre conflictos de intereses y declaraciones de patrimonio de los altos cargos de la Administración mediante el refuerzo de la independencia y la competencia sancionadora de la Oficina de Conflictos de Intereses.
- No ha seguido avanzando en la mejora del acceso a la información, en particular mediante la reforma de la Ley sobre secretos oficiales, teniendo en cuenta las normas europeas sobre el acceso a los documentos oficiales.
- Siga reforzando el estatuto del fiscal general del Estado, pero no en lo que respecta a la disociación en el tiempo del mandato de este con el del Gobierno, teniendo en cuenta las normas europeas sobre la independencia y autonomía del Ministerio Fiscal.
- Impulse el proceso de adaptación del procedimiento de nombramiento de los jueces miembros del Consejo General del Poder Judicial, teniendo en cuenta las normas europeas sobre los consejos del poder judicial.
- Continúe el procedimiento para la aprobación de la ley sobre la actividad de los grupos de interés, que incluye el establecimiento de un registro público obligatorio de grupos de interés.
- Redoble los esfuerzos para solucionar los escollos relativos a la duración de las investigaciones y enjuiciamientos con el fin de aumentar la eficiencia en la sustanciación de los asuntos de corrupción de alto nivel, en particular mediante la finalización de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- Impulse el expediente legislativo para robustecer las normas sobre conflictos de intereses y declaraciones de patrimonio de los altos cargos de la Administración mediante el refuerzo de la independencia y la competencia sancionadora de la Oficina de Conflictos de Intereses.
- Avance en la mejora del acceso a la información, en particular mediante la reforma de la Ley sobre secretos oficiales, teniendo en cuenta las normas europeas sobre el acceso a los documentos oficiales. "
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